El TSJ dispuso restricción del servicio de justicia y suspensión de término por situación sanitaria excepcional

El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja resolvió restringir la prestación del servicio de justicia entre el 30 de junio y el 6 de julio de 2025, en el marco de la situación epidemiológica declarada por el Poder Ejecutivo Provincial, que adelantó el receso invernal mediante el Decreto FEP N° 806/2025.

30 de junio de 2025

Resumen

El TSJ de La Rioja restringe la actividad judicial del 30 de junio al 6 de julio de 2025 debido a la situación epidemiológica provincial, buscando proteger la salud del personal y la comunidad. Se mantienen las audiencias y actos procesales ya programados, sin compensación posterior, mientras que los términos procesales y vencimientos quedan suspendidos durante el período de restricción. Magistrados y secretarios deben asistir obligatoriamente para atender urgencias, determinando el personal mínimo necesario, y se recomienda el uso de barbijo en todas las dependencias del Poder Judicial.
Texto generado con IA

El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja resolvió restringir la prestación del servicio de justicia entre el 30 de junio y el 6 de julio de 2025, en el marco de la situación epidemiológica declarada por el Poder Ejecutivo Provincial, que adelantó el receso invernal mediante el Decreto FEP N° 806/2025.

La medida fue adoptada mediante el Acuerdo Administrativo N° 172/25, firmado el 27 de junio de 2025. En dicha resolución, el TSJ consideró necesario adoptar disposiciones excepcionales para preservar la salud del personal judicial y de la comunidad, sin comprometer la atención de asuntos urgentes ni la continuidad de las audiencias ya previstos.

En consecuencia, el máximo órgano judicial de la provincia resolvió:

  1. Restringir la actividad judicial desde el 30 de junio hasta el 6 de julio inclusive.
  2. Mantener las audiencias y actos procesales ya fijados, que deberán realizarse conforme lo programado, sin derecho a compensación posterior.
  3. Suspender los términos procesales y vencimientos durante ese período.
  4. Ordenar la asistencia obligatoria de magistradas, magistrados, secretarios y secretarías para atender urgencias, determinando en cada caso el personal mínimo necesario.
  5. Recomendar el uso de barbijo a todas las personas que presten funciones en el Poder Judicial.

La decisión se enmarca en las atribuciones propias del TSJ y busca atender la situación con responsabilidad, ante el incremento de enfermedades respiratorias estacionales, priorizando el cuidado de la salud pública y el funcionamiento esencial de la justicia.

Fuente: https://weboficial.justicialarioja.gob.ar/index.php/typography/noticias-e-informacion-general/3283-el-tsj-dispuso-restriccion-del-servicio-de-justicia-y-suspension-de-terminos-por-situacion-sanitaria-excepcional