Comunicado del Presidente del Tribunal Superior de Justicia

El Presidente del TSJ reafirma su responsabilidad de brindar información oficial, clara y verificada, especialmente ante la circulación de noticias falsas que pueden desinformar y generar alarma injustificada.

9 de diciembre de 2025

Resumen

El Presidente del TSJ desmiente las acusaciones sobre cobros indebidos por antigüedad por parte de los jueces provinciales, asegurando que los salarios se ajustan a la ley vigente. La controversia surge de un pedido de inconstitucionalidad presentado por un ex diputado, el cual cuestiona el régimen salarial de la administración central, sin relación con el Poder Judicial. El Ministerio Público Fiscal dictaminó que la presentación del ex diputado es improcedente por haber sido interpuesta fuera de plazo y no cumplir con los requisitos del Código Procesal Civil.
Texto generado con IA

Ante manifestaciones periodísticas, relacionada sobre un plus exclusivo cobrado por los jueces; el Presidente del Tribunal Superior de Justicia Dr. Claudio Ana, expresó que es absolutamente falso que los jueces provinciales estén cobrando un ítem por antigüedad en forma indebida. Ya que el régimen salarial de toda la Función Judicial se efectúa conforme a la ley que lo regula de manera vigente.

Las manifestaciones del ex diputado Emilio Lucero, se relacionan a un pedido de inconstitucionalidad que él mismo inició, donde cuestiona el régimen salarial para la administración central, y nada tiene que ver con el sistema remunerativo del Poder Judicial riojano.

Por lo cual, y con la finalidad de no permitir la desinformación a la sociedad, el Dr Ana expresó que, no hay ninguna irregularidad sobre los salarios de los jueces.

Asimismo, la acción judicial del ex diputado solo pretende una declaración de inconstitucionalidad sobre el régimen salarial de los agentes del estado en general.

Por ello, no existe ningún “cobro indebido”, las versiones mal intencionadas difundidas carecen de veracidad y sólo contribuyen a confundir a la opinión pública. El adicional por antigüedad no es un plus exclusivo de jueces, ni un beneficio personal de ningún funcionario. Forma parte del régimen general de remuneraciones del Poder Judicial, y es percibido por: Magistrados, Fiscales, Defensores, Secretarios y prosecretarios, Funcionarios, Empleados y Empleadas de toda la Función Judicial.

El Ministerio Público Fiscal, mediante dictamen emitido por el Fiscal Adjunto Dr. Camilo Farías Barros: declaró la presentación manifiestamente improcedente, por haber sido interpuesta fuera del plazo legal, y por no cumplir los requisitos mínimos establecidos en el Código Procesal Civil.

El Presidente del TSJ reafirma su responsabilidad de brindar información oficial, clara y verificada, especialmente ante la circulación de noticias falsas que pueden desinformar y generar alarma injustificada.

Fuente: https://www.justicialarioja.gob.ar/index.php/typography/noticias-e-informacion-general/3523-comunicado-del-presidente-del-tribunal-superior-de-justicia