La justicia adhirió a decreto del ejecutivo y fijó inicio de feria judicial a partir del 15 de diciembre de 2025

El Tribunal Superior de Justicia aprobó mediante Acuerdo Administrativo N.° 354 el período de Receso Judicial y Compensación de Feria, fijó el cronograma de atención al público y estableció pautas obligatorias para magistrados, funcionarios y personal.

10 de diciembre de 2025

Resumen

El Tribunal Superior de Justicia adhirió al decreto del Ejecutivo Provincial N.° 1608/2025, estableciendo el receso judicial desde el 15 de diciembre de 2025 hasta el 1 de febrero de 2026, y el período de compensación de feria del 2 de febrero al 22 de marzo de 2026. Las audiencias programadas entre el 15 y el 23 de diciembre de 2025 no se suspenderán y deberán realizarse según lo previsto, permitiendo a quienes presten servicio solicitar la compensación del día trabajado posteriormente. Durante el receso judicial, el horario de atención al público en tribunales y juzgados será de 8:00 a 12:00 horas, pudiendo ampliarse según las necesidades del servicio, y no se otorgarán licencias, salvo por razones de salud o circunstancias excepcionales.
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El Tribunal Superior de Justicia aprobó mediante Acuerdo Administrativo N.° 354 el período de Receso Judicial y Compensación de Feria, fijó el cronograma de atención al público y estableció pautas obligatorias para magistrados, funcionarios y personal.

El TSJ resolvió en Acuerdo Administrativo N.° 354, adherir al Decreto F.E.P. N.° 1608/2025 de la Función Ejecutiva Provincial y estableció oficialmente las fechas correspondientes a la Feria Judicial de fin de año.

El Acuerdo dispone que las audiencias ya fijadas entre el 15 y el 23 de diciembre no podrán suspenderse y deberán concretarse según lo programado. En estos casos, quienes presten servicio podrán solicitar posteriormente la devolución del día trabajado.

Según lo dispuesto, el Receso Judicial abarcará desde el 15 de diciembre de 2025 hasta el 1 de febrero de 2026, inclusive. A su vez, el período de Compensación de Feria se extenderá desde el 2 de febrero hasta el 22 de marzo de 2026, también con fechas incluidas. establece que el personal que permanezca de turno durante el Receso Judicial deberá hacer uso inmediato de la compensación una vez concluida la Feria.

Durante el receso, el horario de Despacho y Atención al Público en todos los Tribunales, Juzgados y dependencias judiciales será de 08:00 a 12:00 horas, pudiendo ampliarse si las necesidades del servicio lo requieren y según estime la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia.

Finalmente, se determinó que durante la Feria Judicial no se otorgarán licencias a magistrados, funcionarios, empleados y personal de servicio, salvo aquellas motivadas por razones de salud o por circunstancias excepcionales que serán evaluadas por la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia en Feria.

Fuente: https://www.justicialarioja.gob.ar/index.php/typography/noticias-e-informacion-general/3524-la-justicia-adhirio-a-decreto-del-ejecutivo-y-fijo-inicio-de-feria-judicial-a-partir-del-15-de-diciembre-de-2025