Concurso de ascenso: validadicón de certificaciones emitidas por instituciones externas al Poder Judicial de San Juan

La Escuela Judicial “Juan Crisóstomo Lafinur” informa a los/as postulantes que deberán remitir por correo electrónico, únicamente, los certificados de capacitaciones dictadas por otras instituciones externas al Poder Judicial de San Luis, a los fines de obtener la correspondiente validación del mismo.

12 de noviembre de 2025

Resumen

La Escuela Judicial de San Luis solicita a los postulantes a ascenso que envíen por correo electrónico los certificados de capacitaciones externas al Poder Judicial para su validación. La Escuela Judicial validará las capacitaciones externas según su pertinencia jurídica al fuero al que se postula el agente judicial en el concurso de ascenso. No deben enviarse los certificados emitidos por la Escuela Judicial ni los de capacitaciones dictadas o evaluadas por funcionarios del Poder Judicial de San Luis.
Texto generado con IA

En el marco del llamado a concurso para ascenso de agentes judiciales pertenecientes al escalafón administrativo, la Escuela Judicial “Juan Crisóstomo Lafinur” informa a los/as postulantes que deberán remitir por correo electrónico, únicamente, los certificados de capacitaciones dictadas por otras instituciones externas al Poder Judicial de San Luis, a los fines de obtener la correspondiente validación del mismo.

Esto implica que la Escuela otorgará la validez de acuerdo a la pertinencia de la capacitación jurídica realizada respecto al fuero que se concursa. Para ello, los/as agentes judiciales deberán enviar un correo electrónico a: certificadosescuela@justiciasanluis.gov.ar , donde adjuntarán todas aquellas certificaciones expedidas por otros organismos y expresar en el cuerpo del mensaje, a que fuero se postula.

Asimismo, se aclara que no se deberán enviar los certificados emitidos por la Escuela, y aquellos que hayan sido dictados o evaluados por funcionarios y magistrados de las dependencias en los que se desempeñe el agente.

La presente comunicación se realiza a los efectos de dar cumplimiento a los requisitos de admisión y documentación establecidos en el Artículo 6 inciso e) del Reglamento General de Concursos de Antecedentes y Oposición para Ascensos del Escalafón Administrativo -Acuerdo Nº 269/25-.

Fuente: https://www.periodicojudicial.gov.ar/?p=479684